Las ambulancias que trasladan heridos o enfermos están exentas de pagar peajes en las autopistas en régimen de concesión administrativa, aunque no vayan a realizar alguna misión en los terrenos de la autopista. Así lo determina una sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos, del pasado 18 de junio, según la cual se debe aplicar el régimen general del artículo 16.3 de la Ley de Carreteras de 1988, que no establece más excepción para la exención de dichos que que circulen "en el cumplimiento de sus funciones específicas".
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