El Real Decreto de ambulancias podría dejar sin empleo a cientos de personas
El Sector de Carretera de la FSC de CCOO Madrid insta
al Gobierno a realizar las oportunas correcciones al texto del Real Decreto
836/2012, sobre la dotación profesional de las trabajadoras y trabajadores de
ambulancias, que podría dejar sin empleo a cientos de personas trabajadoras de
distintos colectivos del sector de las ambulancias en Madrid.
Este Real Decreto establece los requisitos de formación de
personal conductor, ayudante-conductor y camillero de nuevo ingreso exigiéndoles
un certificado de profesionalidad en transporte sanitario o el título de grado
medio de personal técnico en emergencias sanitarias.
El propio Real Decreto, sin embargo, establece los requisitos para esa parte trabajadora que, aún careciendo de titulación, están actualmente trabajando. Para este supuesto se establece un sistema de habilitación, pero el Real Decreto tiene algunas lagunas importantes, que fueron detectadas por CCOO y puestas en conocimiento tanto del Ministerio de Fomento como del Ministerio de Sanidad.
El principal problema detectado es que el RD establece los requisitos de habilitación para el personal conductor, pero no dice nada del ayudante-conductor y camillero. De esta manera la Consejería de Sanidad, aún conscientes de las deficiencias de este RD, pues este sindicato ha tenido varias reuniones con ella, ha empezado a habilitar a las y los conductores y solo a ellos, dejando fuera a las demás categorías profesionales. La respuesta dada por la Consejería es que no pueden ir contra la norma y, evidentemente, tampoco tienen la facultad para modificarla.
De esta manera, aunque las empresas no podrán despedir a los trabajadores y trabajadoras por el hecho de no tener los requisitos de formación, inhabilita a quienes pierdan su empleo por cualquier otra causa, y quieran volver a incorporarse a la profesión, y deja serias dudas en los muy frecuentes procesos de subrogación. Al tratarse de concesiones administrativas las empresas, cada cuatro años, optan por el concurso teniendo luego la obligación de subrogar, bajo condiciones, al personal de la empresa cedente. Entre los requisitos para la subrogación está el de facilitar los títulos habilitantes para el desempeño del puesto de trabajo, lo que plantea la duda de qué harán las empresas cesionarias ante una persona en activo que no reúne el requisito mínimo de la habilitación.
Al respecto de todo esto, además de haber puesto en aviso a los Ministerios competentes, CCOO ha iniciado una ronda de contactos con diferentes grupos parlamentarios para que, en la medida de sus posibilidades, insten al Gobierno a realizar las oportunas correcciones al texto, y así se garantice la permanencia y posibilidades futuras a quienes actualmente están en estos colectivos profesionales.
Aún así, desde CCOO, se conciencia, anima y facilita a todos los colectivos profesionales para que se formen y trabajen en su desarrollo. El sector privado de ambulancias ocupa en Madrid a más de 1.000 profesionales, sin contar con quienes trabajan en la administración, tales como SUMMA y SAMUR.
El propio Real Decreto, sin embargo, establece los requisitos para esa parte trabajadora que, aún careciendo de titulación, están actualmente trabajando. Para este supuesto se establece un sistema de habilitación, pero el Real Decreto tiene algunas lagunas importantes, que fueron detectadas por CCOO y puestas en conocimiento tanto del Ministerio de Fomento como del Ministerio de Sanidad.
El principal problema detectado es que el RD establece los requisitos de habilitación para el personal conductor, pero no dice nada del ayudante-conductor y camillero. De esta manera la Consejería de Sanidad, aún conscientes de las deficiencias de este RD, pues este sindicato ha tenido varias reuniones con ella, ha empezado a habilitar a las y los conductores y solo a ellos, dejando fuera a las demás categorías profesionales. La respuesta dada por la Consejería es que no pueden ir contra la norma y, evidentemente, tampoco tienen la facultad para modificarla.
De esta manera, aunque las empresas no podrán despedir a los trabajadores y trabajadoras por el hecho de no tener los requisitos de formación, inhabilita a quienes pierdan su empleo por cualquier otra causa, y quieran volver a incorporarse a la profesión, y deja serias dudas en los muy frecuentes procesos de subrogación. Al tratarse de concesiones administrativas las empresas, cada cuatro años, optan por el concurso teniendo luego la obligación de subrogar, bajo condiciones, al personal de la empresa cedente. Entre los requisitos para la subrogación está el de facilitar los títulos habilitantes para el desempeño del puesto de trabajo, lo que plantea la duda de qué harán las empresas cesionarias ante una persona en activo que no reúne el requisito mínimo de la habilitación.
Al respecto de todo esto, además de haber puesto en aviso a los Ministerios competentes, CCOO ha iniciado una ronda de contactos con diferentes grupos parlamentarios para que, en la medida de sus posibilidades, insten al Gobierno a realizar las oportunas correcciones al texto, y así se garantice la permanencia y posibilidades futuras a quienes actualmente están en estos colectivos profesionales.
Aún así, desde CCOO, se conciencia, anima y facilita a todos los colectivos profesionales para que se formen y trabajen en su desarrollo. El sector privado de ambulancias ocupa en Madrid a más de 1.000 profesionales, sin contar con quienes trabajan en la administración, tales como SUMMA y SAMUR.



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