Los Delegados de Prevención en el Comité de Seguridad y Salud en MGC Tenerife informan
Compañeros/as el motivo de la presente es para ponerte en conocimiento que el pasado día 07 de agosto de 2008 se ha celebrado una reunión del Comité de Seguridad y Salud en las instalaciones que la empresa MANUEL GUERRA CASTELLANO, S.L. tiene en La Laguna.ASISTEN:
o Delegados de Prevención (parte social): Doña. Isabel Arteaga y D. Carlos D. Ojeda.
o Por la parte empresarial: Dña. Pilar Jiménez y D. Manuel Suárez y D. Jesús Henríquez
o Como Técnico de PRL de DALGO PREVENCIÓN, S.L.: D. César Cárdenes.
o Como Asesor de la Parte Social: D. Miguel A. Pérez, en calidad de Técnico Asesor de CC.OO.
Se inicia la reunión entregando la parte empresarial a la parte social un documento en el que se informa de la sustitución de uno de sus miembros en el Comité de Seguridad y Salud: D. Jesús Henríquez sustituye a Dña. Ana Rodríguez. La parte social firma el recibí de esta comunicación.
A continuación, se procede a la firma de las actas de las dos reuniones anteriores del Comité de Seguridad y Salud (la del 22/05/2008 y la del 17/06/2008) que estaban pendientes.
ASUNTOS TRATADOS:
1. Situaciones de embarazo en la empresa y otros trabajadores especialmente sensibles.
Desde la parte social se le comunica a la empresa y al técnico de prevención de DALGO PREVENCIÓN de la existencia de trabajadoras embarazadas. Se aprovecha para preguntar también si existen otros trabajadores especialmente sensibles (discapacitados, menores de edad…). La parte empresarial contesta que sí, que existen trabajadores con algún tipo de minusvalía reconocida; pero que no existen menores de edad trabajando en la empresa.
El técnico en prevención, D. César Cárdenes, comenta que no tiene constancia, hasta la fecha, de la existencia de trabajadores especialmente sensibles en la empresa.
Entonces, desde la parte social, se propone que se cumpla, urgentemente, con lo establecido en los artículos 25 y 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en cuanto a trabajadores especialmente sensibles y protección de la maternidad, respectivamente.
El técnico de DALGO PREVENCIÓN contempla la posibilidad de evaluar estos puestos de trabajo para finales del mes de septiembre de 2008 porque en estas fechas vacacionales el servicio de prevención no dispone de los recursos necesarios. Pero desde la parte social se le contesta que este tema no se puede demorar más y exige un compromiso par parte de la empresa y del servicio de prevención para establecer fechas concretas para realizar este tipo de evaluaciones de riesgos. Al final se llegó al acuerdo de que, antes de finalizar el mes de agosto de 2008, estarían realizadas dichas evaluaciones. Desde la parte social se le recuerda a la empresa y al técnico en prevención que se cuente con la participación de los delegados/as de prevención durante dicho proceso de evaluación, puesto que es un derecho recogido en la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
2. Plan de Formación.
Desde la parte social se vuelve a preguntar, por enésima vez, para cuándo el Plan de Formación de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales.
El técnico de DALGO PREVENCIÓN responde que dicho plan de formación está recogido en la Planificación de la Actividad Preventiva de la empresa y dicha formación está programada para octubre, noviembre y diciembre de 2008. Y que dicha planificación la tiene la Inspección de Trabajo.
Desde la parte social se le recuerda que llevamos mucho tiempo sin que se haya impartido esta formación. Además se comenta que ahora es cuando se tiene constancia, por parte de los delegados/as de prevención, de que la empresa ha elaborado la Planificación de la Actividad Preventiva; y que ésta debería haberse discutido y haber sido consensuada en el seno del Comité de Seguridad y Salud.
El técnico de DALGO PREVENCIÓN se compromete a enviarla por correo electrónico a D. Carlos Ojeda, el cuál responde que recibiremos dicha planificación con propósito de estudiarla y así poder plantear las oportunas aclaraciones y correcciones a la misma, si procediese.
3. Daños a la salud de los trabajadores (Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales)
Desde la parte social se le hace saber a la empresa que cualquier daño a la salud que sufra un trabajador/a como consecuencia de su trabajo (accidente de trabajo o enfermedad profesional) debe ser comunicado a los delegados/as de prevención y al Comité de Seguridad y Salud, situaciones estas, que nunca se han producido. Tampoco se han evaluado los riesgos psicosociales. Además se le pregunta al Técnico de DALGO PREVENCIÓN si se han investigado los accidentes ocurridos en la empresa y, en particular el ocurrido el pasado 04 de junio a un trabajador y una trabajadora que se intoxicaron por inhalación de humos de escape diésel que se introdujeron en el interior de la cabina de conducción de la ambulancia por deficiencias de la misma.
El técnico responde que él tiene acceso a los informes de siniestralidad de la mutua y que la mayoría de los accidentes son debidos a sobreesfuerzos que derivan en trastornos músculo-esqueléticos que no han sido calificados como graves o muy graves. Es por ello que no los ha investigado. También comenta que es ahora, en este comité, cuando tiene constancia de las deficiencias de las ambulancias en cuanto a la introducción de humos, tanto en la cabina de conducción como en la asistencial.
D. Carlos Ojeda comenta que sólo se han evaluado los riesgos de las bases (faltando por entregar a la parte social, las evaluaciones de riesgos de las tres bases restantes), pero nunca los riesgos específicos de las ambulancias. Además, cuándo un trabajador o los/as representantes de los trabajadores comunican este tipo de deficiencias en una ambulancia, la solución que propone la empresa es la de asignar dicho vehículo a otro trabajador, preferentemente interino, y perteneciente a otra zona; todo ello con el fin de evitar posibles quejas del mismo. En general, las deficiencias de las ambulancias sólo se parchean pero no se arreglan completamente, sobre todo las de Soporte Vital Básico.
El técnico de DALGO PREVENCIÓN responde que las ambulancias se chequean mes a mes en el taller. Desde la parte empresarial se dice que estos problemas de humos de escape diésel sí ocurrían en el pasado pero que ya no está sucediendo y que ahora el taller está funcionando de diferente manera.
D. Carlos Ojeda insiste en que los diferentes vehículos de la empresa no han sido evaluados.
4. Vigilancia de la salud.
Desde la parte social se vuelve a plantear la necesidad de que se establezcan los mecanismos de coordinación entre los 2 servicios de prevención contratados por la empresa, PREVILABOR (Especialidad de Medicina del Trabajo) y DALGO PREVENCIÓN (Especialidades Técnicas), para la correcta aplicación de los protocolos de vigilancia de la salud.
Tanto la parte empresarial como el técnico de DALGO PREVENCIÓN contestan que no se ha hecho nada al respecto hasta el momento y que se pondrán, a partir de ahora, a implantar dicha coordinación. Pero no se precisó una fecha concreta.
5. Equipos de Protección Individual (EPI´s)
D. Carlos Ojeda comenta que la empresa sólo ha entregado 3 mascarillas y una caja guantes de látex desechables a los trabajadores/as. Y les hace firmar a los mismos/as un documento, como justificante de entrega, con el único propósito de cumplir burocráticamente con la Normativa de Prevención y cubrir expediente. Dicho documento tiene el membrete de la empresa y un contenido que viene a decir que en cumplimiento de la Ley 31/1995 se le hace entrega de los siguientes equipos de protección individual…
D. Miguel A. Pérez, Técnico asesor de CC.OO. comenta que la responsabilidad de la empresa no acaba en la entrega formal de los EPI´s, sino que debe entregar aquellos que se deriven de la evaluación de riesgos de cada uno de los puestos de trabajo. Además se ha de informar y formar a los trabajadores sobre los mismos según lo establecido en la Ley 31/1995 y en el R.D. 773/1997.
El técnico de DALGO PREVENCIÓN comenta que en muchos casos, no es necesaria la formación en este sentido porque los trabajadores deberían saber cómo se utilizan determinados EPI´s.
Desde la parte social se expresa un total desacuerdo con lo expuesto por el técnico de DALGO PREVENCIÓN respecto a este último comentario.
Sale el tema de si es necesario o no que se utilicen fajas lumbares para realizar determinadas tareas con riesgo de sobreesfuerzo y manipulación manual de cargas.
Miguel A. Pérez, Técnico asesor de CC.OO., comenta que las fajas lumbares no están consideradas como EPI´s y que su utilización podría ser contraproducente. En tales casos, debería ser un médico del trabajo del servicio de vigilancia de la salud quien recomendara o no su uso.
Finaliza la reunión fijando como fecha de la próxima para septiembre a falta de concretar día.


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