“Defiende tus derechos - CC.OO. EN TU LUCHA DIARIA”

Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera.

Resolución de La Inspección de Trabajo a Denuncia de la parte social a TASISA TF


Acta de Contitucion Mesa negociadora convenio Estatal ambulancias 2013


ACTA CSS TASISA 26-03-2012


ACTA DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN LA EMPRESA
Transportes Aéreos Sanitarios Isleños S.A. en Tenerife
Reunidas las partes el martes día 26-03-2013 en el domicilio social de Transportes Aéreos Sanitarios Isleños S.A. en Tenerife, en la C/ Antonio Lecuona Hardisson. C.P. 38009. Polígono Costa Sur. Santa Cruz de Tenerife, a las 10:30 h.
Asistentes a la reunión:

          Delegados de Prevención:                                    Por la parte empresarial:
         D. Mª Isabel Arteaga Hernández                               D. Sonia Trujillo Rodríguez.
         D. Mª Mar Casanova Padilla                                     D. Mª Dolores Álvarez Núñez
         D. Carlos D. Ojeda Martín (Presidente)                        D. José. Simancas Montesinos (Secretario)

Con voz pero sin voto, asisten en calidad de asesores:
Dña. Cristina Peña.. T.S.P.R.L. del S.P.P. de TASISA
Mario Galván Vera. Presidente Comité de empresa
Miguel A. Pérez Padilla.  T.P.R.L  de CC.OO.
Juan J. Borges Hernández. T.S.P.R.L. de CC.OO.
Edurne ZulaiKa San Sebastián. Delegada Sindical. USO
J. Ramón Rodríguez.. Secretario General USO Canarias.

ORDEN DEL DÍA y TEMAS TRATADOS:
      Se abre la reunión poniendo en conocimiento de todos los presentes la sustitución del Delegado de Prevención, Daniel Komorwoski los, el cual dimite por cuestiones personales, siendo sustituido por la Delegada Mª Mar Casanova Padilla.
Se acuerda corregir error en acta del 25-05-2012; en delegados de prevención donde pone Mario Galván Vera por Daniel Komorwoski Los. Incluir a Mario Galván Vera en invitados.

  1. A propuesta de la parte social se solicita al SPP y a la empresa, revisión de la Evaluación de Riesgos Laborales y la realización inmediata de evaluaciones específicas de riesgos del puesto de conductor/a de transportes sanitarios de vehículos no asistenciales teniendo en cuenta: las tareas específicas de cada conductor/a en función del tipo de vehículo y sus riesgos asociados y la posibilidad de que el trabajador que lo ocupe o vaya a ocuparlo sea especialmente sensible; atendiendo además al RD 1215/1997 sobre Equipos de Trabajo”.

Desde la parte social esta solicitud ya se ha realizado a la empresa el pasado 19-03-2012 por el Delegado de prevención Carlos D. Ojeda. Desde la empresa y el SPP responden a este escrito el 19-03-2013 y el 20-03-2013 se contesta el escrito de la empresa por parte de dicho Delegado. Se adjunta al acta.

Desde la parte social entendemos que la evaluación de riesgos laborales no especifica las tareas propias de determinados conductores en determinada modalidad vehiculo, en concreto Ambulancia Colectiva.

La Parte social realiza varias preguntas a la parte empresarial y al servicio de prevención propio, tales como:

-         Pregunta al SPP de la parte social; si las tareas esenciales que deben realizar los trabajadores/as asignados a los vehículos colectivos (AC) son las que se describen en las cartas de despido?  Se expone que solo parte de la tarea 1º y parte la térrea 12, el resto de tareas no se realizan por los conductores/as en una ambulancia colectiva, y si algunos de estos trabajadores/as son especialmente sensibles y si setos pueden rotar en distintos tipos de ambulancias?.

Respuesta del SPP; El trabajador no es un trabajador de colectivo sino un técnico de transporte sanitario y por eso se le asignan esas tareas. El SPP dice que el delegado de prevención puede solicitar la ERL en el seno del CSS en el que se ha de debatir.

-         Pregunta al SPP de la parte social; Antes estos trabajadores/as eran aptos con restricciones y ahora no aptos.

Respuesta del SPP y de la representación de la empresa; Si pero las tareas a realizar  son las mismas para cualquier trabajador.

Parte social (asesor USO), Comenta que no ha sabido la empresa cuidar la prevención y falla el espíritu y el desarrollo de la norma, lo que ha hecho que haya cinco despidos como no aptos, como consecuencia de su actividad profesional y esto no es de recibo, la empresa ha utilizado esto para despedirlos.

Respuesta del SPP; Expone que los reconocimientos médicos deberían hacerse antes de que el trabajador/ra entrase en la empresa a trabajar. El problema es que algunos trabajadores/as tienen patologías previas. Se han hecho revisiones médicas periódicas trabajadores/as y los ha eximido de cargar. Hay situaciones exenciónales que se pueden dar. Existe una evaluación ergonómica hecha  en mayo, esos trabajadores siguen teniendo bajas por esos motivos e incluso por accidentes de trabajo.

Parte social (asesor USO): Aquí han habido unas causas, no aptos y unas consecuencias, despidos, por una utilización perversa de la norma. El Asesor de CC.OO. los trabajadores afectados por esta medida de la empresa no han cogido bajas y han mejorado. Hay bajas por distintas patologías.

Parte social pregunta cuantos trabajadores han cogido una baja. Respuesta SPP; No sabe.

Parte Social (asesor CC.OO.) Si no ha habido daños o empeoramiento en la salud y los riesgos han sido los mismos, ¿de donde sobreviene la ineptitud? La parte empresarial y el SPP no responden a la pregunta.

Parte social, DP; Si no ha habido daños y las tareas son las mismas que antes cuando eran aptos con restricciones, la pregunta es, ¿las tareas que realizan los conductores de colectivo?

El SPP responde no al 100%, aunque cree que si. Pregunta (asesor CC.OO.) con que frecuencia?  SPP no responde.

Parte Social DP pregunta; La empresa hace entrega de una evaluación de riesgos laborales en mayo de 2012, ¿El SPP, los representantes de la empresa o los Delegados de prevención  tienen constancia documental o recuerdan de que esa evaluación de riesgos laborales esta firmada o aprobada por el CSS? 

Respuesta del SPP; Solo se entrego pero posteriormente no se trato en siguientes reuniones, el resto de los miembros del CSS no recuerdan haber firmado dicha evaluación.

Parte Social DP comenta y pregunta; independientemente de que estuviera firmada o no y de la evaluación, ¿los trabajadores/as especialmente sensibles deben ser evaluados de forma específica?

Respuesta del SPP: Si, nunca se han solicitado que sean firmadas o aceptadas, tan solo se entregan.

Parte social DP pregunta; Porque modificas y quitas de la evaluación lo de puntualmente en el colectivo.

Respuesta SPP El cambio se hace porque todos los conductores hacen las mismas tareas esenciales.

Parte social (asesor CC.OO.) Que es un técnico de transporte sanitario?

Respuesta SPP; Lo que determina el convenio.

Parte social (asesor CC.OO.) La ley de PRL dice que hay que evaluar puestos de trabajo y no categorías profesionales, la evaluación debe recoger todos los aspectos y requisitos del puesto de trabajo. Pregunta; ¿un trabajador especialmente sensible puede rotar?, recuerda los protocolos de vigilancia de la salud.

La Técnico del SPP afirma que las tareas esenciales de un conductor de colectivo son las que se establecen en el documento de tareas esenciales para conductor.

¿Se va a hacer una evaluación específica de los puestos de trabajo según la solicitud?

Respuesta SPP comenta que eso lo tiene que decidir la empresa. Un representante de la empresa dice que no puede decidir.

Parte social (asesor USO) La empresa no puede utilizar la patología para despedir sino para evaluar y dar soluciones adaptando los puestos de trabajo y proponiendo alternativas dado que estas están ligadas al desarrollo de su trabajo, y en este caso la empresa no lo ha hechos.

Parte social (asesor CCOO) ; Recuerda a la Técnico de prevención que su labor es asesorar a las dos partes y pregunta ¿crees que seria optimo hacer una evaluación especifica de dichos puestos?.

Respuesta SPP; Si es optimo pero añadiría siempre el documento de tareas esenciales.

La Parte social DP; Comenta que en su opinión y ante el acuerdo firmado por la empresa con el Comité de empresa, asunto los recortes, la empresa no puede despedir a trabajadores por causas económicas y han buscado la formula desde los servicios de prevención para poder quitarse a trabajadores/as por la vía de la inaptitud sobrevenida.

Parte social (asesor CCOO) ; ¿El colectivo tiene camilla?

Respuesta de un representante de la empresa;  El vehiculo no.

La Parte social DP; Se observa que la evaluación de riesgos entregada al CSS viene por el Servicio de Prevención Mancomunado. Desde la parte social entendemos y así le trasladamos al SPP y a la empresa en reunión del CSS posterior a la de su creación en la empresa, que este no se adapta a nuestro entender a la normativa, entendiendo que necesitaría de un técnico por cada especialidad desde marzo de 2012.

Respuesta SPP; Entiende que es cuestionable y se presta a interpretación.

La Parte social  somete a votación la propuesta presentada:

A propuesta de la parte social se solicita al SPP y a la empresa, revisión de la Evaluación de Riesgos Laborales y la realización inmediata de evaluaciones específicas de riesgos del puesto de conductor/a de transportes sanitarios de vehículos no asistenciales teniendo en cuenta: las tareas específicas de cada conductor/a en función del tipo de vehículo y sus riesgos asociados y la posibilidad de que el trabajador que lo ocupe o vaya a ocuparlo sea especialmente sensible; atendiendo además al RD 1215/1997 sobre Equipos de Trabajo”.

VOTOS A FAVOR: 3  votos de la parte social.
VOTOS EN CONTRA 3 votos de la representación empresarial.

  1. Lectura, comentarios y aprobación si procede del presente acta y anterior, reunión del día 20-11-2012. Sin firmar. No se realizo para su firma en esta reunión por parte del Presidente del Comité Carlos Ojeda, quien habitualmente venia realizando dichas funciones, al recibir respuesta a un escrito (solicitud) dirigido a la empresa y al SPP en el que me remiten a la normativa de funcionamiento del CSS y en cumplimiento de misma normativa, compete al Secretario la realización de dicha tarea y en consecuencia y para evitar una posible impugnación de acta. Tras aclarar y acordar por unanimidad el CSS que sigue delegando esas funciones en el Presidente del CSS, Carlos Ojeda quien solicita revisar los apuntes y notas de dicha reunión para la correcta realización de dicha acta, quedando aplazada su firma a esta reunión del CSS.

  1. Información de la empresa sobre las bajas médicas ocasionadas el trimestre e investigación de accidentes realizados. Se entrega por parte del SPP en formato digital, Email el 3 de abril de 2013, 13 informes de investigación de accidentes de los meses de Diciembre 2012, Enero, Febrero y Marzo 2013; R.M 24_12_2012 – F. P. 26_12_2012 – J. P. 31_1_2013 – J. A. S. 7_2_2013 – A. P. 19_2_2013 – H. P. 7_2_2013 – H. P. 7_2_2013 – H. R. 4_2_2013 – I. F. 7_2_2013 – M. E. 13_2_2013 – V. F. 1_3_2013 – A. R. 19_3_2013 – J. A. 26_3_2013 – M. C. 4_3_2013.

  1. Información sobre las actividades de vigilancia de la salud que se están llevando acabo en estos momentos. El SPP comenta que se han hecho las gestiones para desplazar la unidad móvil de Unipresalud a la empresa y a las bases del norte y sur. El 27 de marzo de 2013, se entrega por parte del SPP en formato digital, Email, listado del personal que queda pendiente de reconocimiento médico en la Zona de Santa Cruz. Se están solicitando a la mutua fechas y horas para que se desplacen al centro de Unipresalud.

  1. También comentarte que los reconocimientos médicos del sur y norte están pendiente de fechas, desde que nos las den te las pasamos.

  1. Varios, ruegos y preguntas; Se le pregunta al SPP a la vez que se informa al pleno, sobre si la compañera V. F. sigue en situación de suspensión del contrato por la empresa. A lo que el SPP responde que si.

Sin más asuntos que tratar finaliza la reunión a las 13:50 h. del día de la fecha arriba indicada, y en muestra de conformidad, firman los asistentes en cada una de sus páginas.

El transporte sanitario en Canarias pasa a manos de un fondo de inversión en Luxemburgo

Competencia da el plácet a la operación de venta a Supsar de Tasisa, Assistalia y Ambulancias de las Islas Canarias SL

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha aprobado en primera fase la operación de concentración que permitirá que las empresas dedicadas al transporte sanitario de enfermos, discapacitados y accidentados en Canarias —Transportes Aéreos Sanitarios Isleños SA (Tasisa), Assistalia SL y Ambulancias de las Islas Canarias SL— pasen a manos de Supsar Invest SLU, un conglomerado controlado por una sociedad luxemburguesa de inversión, International Emergency Services Sarl., controlada, a su vez, en exclusiva y de forma indirecta, por un fondo de inversión, Investindustrial IV L.P., que se dedica a la compra, tenencia, administración, permuta y venta de toda clase de valores mobiliarios tanto públicos como privados, nacionales y extranjeros, enumera.

En la resolución, que se remonta a abril, el organismo presidido por Joaquín García Bernaldo de Quirós, indica que el pasado 13 de de marzo recibió una notificación de la citada operación, por la que Supsar adquiría el «control exclusivo» de estas empresas, junto a otra que opera en Baleares en el mismo sector, Contratas Ambulancias Emergencias SA.          CONTINUA

El Real Decreto de ambulancias podría dejar sin empleo a cientos de personas

El Sector de Carretera de la FSC de CCOO Madrid insta al Gobierno a realizar las oportunas correcciones al texto del Real Decreto 836/2012, sobre la dotación profesional de las trabajadoras y trabajadores de ambulancias, que podría dejar sin empleo a cientos de personas trabajadoras de distintos colectivos del sector de las ambulancias en Madrid.
Este Real Decreto establece los requisitos de formación de personal conductor, ayudante-conductor y camillero de nuevo ingreso exigiéndoles un certificado de profesionalidad en transporte sanitario o el título de grado medio de personal técnico en emergencias sanitarias.

El propio Real Decreto, sin embargo, establece los requisitos para esa parte trabajadora que, aún careciendo de titulación, están actualmente trabajando. Para este supuesto se establece un sistema de habilitación, pero el Real Decreto tiene algunas lagunas importantes, que fueron detectadas por CCOO y puestas en conocimiento tanto del Ministerio de Fomento como del Ministerio de Sanidad.

El principal problema detectado es que el RD establece los requisitos de habilitación para el personal conductor, pero no dice nada del ayudante-conductor y camillero. De esta manera la Consejería de Sanidad, aún conscientes de las deficiencias de este RD, pues este sindicato ha tenido varias reuniones con ella, ha empezado a habilitar a las y los conductores y solo a ellos, dejando fuera a las demás categorías profesionales. La respuesta dada por la Consejería es que no pueden ir contra la norma y, evidentemente, tampoco tienen la facultad para modificarla.

De esta manera, aunque las empresas no podrán despedir a los trabajadores y trabajadoras por el hecho de no tener los requisitos de formación, inhabilita a quienes pierdan su empleo por cualquier otra causa, y quieran volver a incorporarse a la profesión, y deja serias dudas en los muy frecuentes procesos de subrogación. Al tratarse de concesiones administrativas las empresas, cada cuatro años, optan por el concurso teniendo luego la obligación de subrogar, bajo condiciones, al personal de la empresa cedente. Entre los requisitos para la subrogación está el de facilitar los títulos habilitantes para el desempeño del puesto de trabajo, lo que plantea la duda de qué harán las empresas cesionarias ante una persona en activo que no reúne el requisito mínimo de la habilitación.

Al respecto de todo esto, además de haber puesto en aviso a los Ministerios competentes, CCOO ha iniciado una ronda de contactos con diferentes grupos parlamentarios para que, en la medida de sus posibilidades, insten al Gobierno a realizar las oportunas correcciones al texto, y así se garantice la permanencia y posibilidades futuras a quienes actualmente están en estos colectivos profesionales.

Aún así, desde CCOO, se conciencia, anima y facilita a todos los colectivos profesionales para que se formen y trabajen en su desarrollo. El sector privado de ambulancias ocupa en Madrid a más de 1.000 profesionales, sin contar con quienes trabajan en la administración, tales como SUMMA y SAMUR.

INFORMA SOLICITUD


CCOO dice que las concesionarias de las Ambulancias del SESCAM rompen el preacuerdo con los sindicatos


CCOO denunció este miércoles que las empresas adjudicatarias del servicio de Transporte sanitario urgente de CLM, han roto el preacuerdo alcanzado con los sindicatos el pasado mes de enero y han amenazado con enterrar el próximo día 20 el convenio regional de ambulancias si no se aceptan sus condiciones.

CCOO ha dejado claro en la mesa de negociación que no va a firmar las imposiciones empresariales, que algunos planteamientos de la patronal rozan la ilegalidad, que los trabajadores ya han asumido su parte y que no se pueden buscar más y más beneficios a base de despidos para quedarse con los dineros de los contribuyentes a base de precarizar el servicio. CCOO defenderá donde haga falta la ultraactividad del convenio, que viene reflejada en el mismo.

En la mesa de negociación del II Convenio regional de Ambulancias celebrada esta mañana, las empresas Ambuibérica (Ciudad Real y Guadalajara), Finisterre (Toledo) y Asistencia Conquense (Cuenca) –no ha asistido a la reunión la concesionaria de la provincia de Albacete, SSG- han planteado a los sindicatos que o aceptan sus propuestas y firman el convenio antes del 20 de julio, o lo darán por muerto y se adherirán al convenio estatal del sector, amparándose en las nuevas normas sobre ultraactividad de los convenios impuesta por el Gobierno de Rajoy en su Reforma Laboral.

Con este ultimátum, que CCOO considera “un chantaje”, las mencionadas empresas incumplen el preacuerdo suscrito en enero, en el que patronal y sindicatos se daban un año de plazo para negociar el nuevo convenio.
Las exigencias que “pretenden imponer” las empresas son tres: recorte del 14,80% en la masa salarial desde el 1 de diciembre de 2012; nueva regulación de los dispositivos de localización; y “bases a tres”.

Según explica el secretario de Acción Sindical de la FSC de CCOO CLM, Salvador Román, los trabajadores ya aceptaron la rebaja salarial del 14,80%, que supone trasladar a sus nóminas el recorte aplicado por el SESCAM en los pliegos de condiciones que regularon las últimas concesiones del servicio de ambulancias en la región.

Sin embargo, se aceptó ese recorte a partir del 1 de marzo. Las empresas pretenden ahora aplicarlo desde el 1 de diciembre del pasado año.

Respecto a las “bases a tres” (tres personas por vehículo para cubrir todos los turnos, en vez de cuatro), supondrá directamente la destrucción de al menos 100 puestos de trabajo a corto plazo y otros tantos a largo plazo, indica Román. Y la nueva regulación de los dispositivos de localización, “es un disparate”.

Recorte salarial asumido por los trabajadores

Román recalca que según las cifras disponibles, todas las contratas de las ambulancias del SESCAM son perfectamente viables con el recorte salarial  asumido por los trabajadores antes mencionado, sin necesidad de destruir más empleo ni de introducir cambios sustanciales en las condiciones laborales de los trabajadores, como se pretende hacer con los nuevos sistemas de localización.

La voracidad de estas empresas es insaciable. Desde que el SESCAM las adjudicó el servicio, han despedido ya a cerca de 200 trabajadores; han modificado sustancialmente las condiciones laborales de las plantillas y están  destrozando el sector; sin garantizar además la correcta prestación del servicio. Ya hay algunos ejemplos de esto”, advierte Román.

Desde CCOO se ha dejado claro en la mesa de negociación que en esas condiciones no van a firmar el nuevo convenio, que algunos planteamientos de la patronal rozan la ilegalidad,  que los trabajadores han asumido su parte y que no se pueden buscar beneficios a base de despidos  para quedarse con los dineros de los contribuyentes a base de precarizar el servicio y defenderá donde haga falta la ultra-actividad del convenio que viene reflejada en el mismo.

Los sindicatos de Ambulancias Bizkaia anuncian protestas por la bajada de sueldo

La plantilla, que decidirá la semana próxima si realiza paros o medidas de menor contundencia, se encarga de la mayoría de los traslados de enfermos de Osakidetza


«Juntos sí podemos». El comité de empresa de Ambulancias Bizkaia ha anunciado que llevará a cabo «movilizaciones» para intentar frenar la rebaja de sueldo «del 40%» que la dirección de la compañía ha comunicado a sus más de 400 trabajadores. Una decisión que, según dieron a conocer en un comunicado USO, ELA, UGT, LAB y CC OO, «va a tener un reflejo en nuestras condiciones salariales y de trabajo, y en el servicio que prestamos a la sociedad». La semana pasada, la gerencia transmitió a la plantilla, a través de una carta, que el convenio colectivo que regía las relaciones laborales en el seno de la mercantil ha sido suspendido, en virtud de la aplicación de la última reforma laboral.

Por ahora, los sindicatos no han precisado qué tipo de protestas desarrollarán, pero, según ha podido saber este diario, no descartan convocar paros parciales en un sector que afecta a miles de enfermos y personas que requieren rehabilitación o diálisis. El sábado de la próxima semana, los empleados están llamados a participar en una asamblea que será determinante a la hora de evaluar el grado de intensidad de las medidas de respuesta que el personal está dispuesto a secundar para tratar de dar marcha atrás «al recorte brutal de derechos laborales que se nos pretende aplicar».

Ambulancias Bizkaia gestiona la mayoría de los servicios de traslado de enfermos y personas que requieren atención en los centros de Osakidetza del territorio. Asimismo, la mercantil acaba de adjudicarse los contratos para gestionar ocho bases de la Red de Transporte Sanitario Urgente (RTSU) en Bilbao, Igorre, Markina, Gernika, Mungia, Derio, Carranza y Trapagaran. En el concurso derrotó a DYA y Cruz Roja.
«Prácticas predatorias» 

Larrialdiak, otra de las empresas que concurrió a la licitación, emitió un comunicado público atacando a Ambulancias Bizkaia, acusando a la compañía de «prácticas predatorias» por, a su juicio, tirar los precios. «Los presupuestos ofertados demuestran valores anormales y desproporcionados, incurren en una competencia desleal y abocan a las cooperativas y pymes del sector en Euskadi a su posible desaparición», denunciaron.

Los sindicatos también se hicieron ayer eco de esta problemática. Criticaron a todas las empresas privadas que «en el concurso realizaron ofertas que rozan la temeridad y que no cubren ni siquiera los gastos del personal asignado a los puestos y que también, sin lugar a dudas, tendrá efectos en el servicio que se ofrece a los usuarios y en las condiciones de trabajo, primando más los intereses particulares empresariales que el interés común».  elcorreo.com

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